TRASTEOS

Para practicar cualquier trasteo o mudanza se deberá obtener autorización escrita del administrador en el cual se exprese la hora y detalle del trasteo, y se presente el paz y salvo por todo concepto de las expensas ordinarias y extraordinarias.

Además deben cumplir las siguientes normas:

A. La administración otorgará permisos para realizar trasteos solamente en el siguiente horario: De Lunes a Sábado de 8am – 12pm y de 1pm a 6pm.

B. El propietario ó arrendatario que efectúe el trasteo es responsable de los daños que se pudiera causar en las paredes de las torres, los pasamanos, puertas, ventanas, vidrios, lámparas, rejas, zonas comunes, equipos y unidades privadas, al realizar esta actividad.

PARÁGRAFO. En caso de daño a la copropiedad con ocasión de ese trasteo deberá informar a la portería para la coordinación de esos arreglos, los cuales no pueden tardar más de ocho días en su reparación.

C. Adicionalmente el personal de vigilancia del conjunto debe: Estar pendiente del trasteo e informar a la Administración las novedades que se presenten, poniéndolas de presente a la persona que causó el daño. Controlar que el camión que se haya contratado para efectuar el trasteo permanezca ubicado en la entrada del parqueadero del conjunto; no podrá entrar al parqueadero interno.

  1. El personal de Vigilancia deberá registrar el número de la placa del camión y el nombre del conductor, el número de su cédula y los teléfonos, fijo y celular (de ser posible) de la empresa propietaria del vehículo si fuere el caso.
  2. Toda persona diferente al propietario o arrendatario deberá tener una autorización escrita de este, para retirar del CONJUNTO RESIDENCIAL MULTIFAMILIAR GUALANDAY PLAZA bienes y demás elementos que componen el trasteo. En caso contrario no podrá bajo ningún caso retirar bienes.